Análisis de texto
28 Mayo 2009Publicado por MANUEL COSTALES SAEZ en: 2º Bachillerato
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Abortar a los 16
Antonio Casado en LNE, 19.05.2009
La propuesta del Gobierno socialista para la reforma de la actual ley del aborto rebaja hasta los 16 años la edad de la autonomía de una mujer para interrumpir un embarazo indeseado. Eso quiere decir que puede tomar la decisión en contra de la voluntad de sus padres e incluso sin consultarles.
Es, probablemente, el punto más controvertido del anteproyecto que el Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria. El grito en el cielo y los rasgados de vestiduras han desbordado a los sectores religiosos. También la gente biempensante del ámbito civil expresa sus dudas sobre ese punto concreto de una reforma respecto a la que, por lo demás, no encuentra mayores motivos de discrepancia. Al fin y al cabo, sólo se trata de actualizar y europeizar una normativa que se había quedado obsoleta.
Los dieciséis años cumplidos es una edad magnífica para que un ser humano se haga dueño de sus actos. Libre para realizarlos y responsable de sus consecuencias. Una edad excelente para que un ser humano empiece a conjugar el binomio moral de la existencia: libertad y responsabilidad. Es lo que a efectos jurídicos le reconocerá el Estado cuando la interrupción del embarazo, como se pretende, desaparezca como una de las excepciones contempladas en la ley de autonomía del paciente para personas menores de 18 años.
A efectos jurídicos, quede claro. Es decir, no habría violación o incumplimiento del principio de la patria potestad. O sea, los padres no podrían invocarlo legalmente, en el caso de que una muchacha de 16 años abortara sin haberlo consultado previamente con ellos o por haberlo hecho en contra de la voluntad de los mismos.
La ley no prohíbe ni impide de ninguna manera, sólo faltaría, que la muchacha consulte con su familia, se deje arropar, aconsejar e incluso persuadir, en la seguridad de que sus padres siempre querrán lo mejor para ella. Pero las relaciones entre la muchacha y su familia pertenecen al ámbito privado. Ahí no puede ni debe ni quiere meterse el Estado. Pero sí puede fijar por ley que en estos casos la última palabra siempre la tenga la mujer, desde los 16 años, dos por debajo de la mayoría de edad legal.
Dejar en manos de los padres la decisión, atribuirles de modo expreso en el texto de la ley la facultad de suplantar la voluntad de la mujer nos llevaría al absurdo de reconocerles también la capacidad de decidir la interrupción del embarazo en el caso de que fuese la mujer quien quisiera continuar el embarazo. ¿Dónde está escrito que sería siempre la muchacha la que quiere interrumpir el embarazo contra la voluntad de sus padres y no al revés?
CUESTIONES
1. Análisis del texto: resumen y comentario.
2. Análisis morfológico - categoría, subcategoría y composición morfemática- de la oración siguiente:
El grito en el cielo y los rasgados de vestiduras han desbordado a los sectores religiosos.
3. Análisis y comentario sintáctico de la oración siguiente:
Al fin y al cabo, sólo se trata de actualizar y europeizar una normativa que se había quedado obsoleta.
4. Explíquese el significado de las palabras o expresiones siguientes en el texto:
grito en el cielo, los rasgados de vestiduras, gente biempensante, europeizar, binomio moral, patria potestad.
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