Tópicos sobre inmigración (3)
3. Se dice que hay que acabar con los procesos extraordinarios de regularización, e incluso con los procesos personalizados de regularización por arraigo. ¿Qué consecuencias tienen estos procesos? ¿Qué pasaría si prescindiéramos totalmente de ellos?
Las regularizaciones extraordinarias de inmigrantes son herramientas políticas que los Estados utilizan de manera discrecional para reordenar los flujos migratorios, dentro de sus fronteras. El caso de España ha sido especialmente significativo respecto al resto de los países que tradicionalmente han sido receptores de inmigración en Europa debidoa la frecuencia con que se ha abierto este tipo de procesos en los últimos cinco años. Hay otra vía de regularización, gradual y personalizada, que obedece almismo fin: el arraigo. Hoy se ha convertido en la vía principal de regularización para los extranjeros que puedan demostrar un mínimo de 3 años de residencia continuada en España.
Ambas vías de regularización son acusadas, en numerosas ocasiones, de constituir “coladeros” que impiden un control razonable del proceso inmigratorioy se convierten en un estímulo a la inmigración ilegal. Y las fuerzas políticas con mayor respaldo prometen excluir su aplicación en el futuro. Se llega incluso a proponer la supresión de los mecanismos individuales de acceso al estatuto legal, como es el arraigo social.
Las consecuencias de estos procesos pueden analizarse desde dos perspectivas:una cuantitativa, y otra cualitativa:
a) Desde un punto de vista cuantitativo, es muy importante que miles de personas puedan acceder al mercado laboral en condiciones de legalidad y de visibilidad (se calcula que aproximadamente 800.000 trabajadores extranjeros se beneficiaron del último proceso de regularización). Esto vale tanto para la Administración como para el sector empresarial, que pueden contar así con mano de obra (en ocasiones cualificada o muy cualificada) para el desarrollo de tareas en sectores donde los trabajadores nacionales no son demandantes de empleo.
b) Por otra parte, y desde un punto de vista cualitativo, el acceso en condiciones de legalidad al mercado laboral permite generar contratos laborales ajustados a la normativa que protege al trabajador en España. Al mismo tiempo, dota de seguridad jurídica a la empresa y empresarios que contratan a estos trabajadores, generando un flujo de riqueza social, que tal y como apuntan las cifras, contribuye a la elevación del PIB español, y en consecuencia, al fomento de la riqueza social en todo el mercado europeo.
Los argumentos expuestos anteriormente avalan la necesidad de regular adecuadamente los flujos migratorios, en función de los intereses económicos privados y estatales. La necesidad de celebrar procesos extraordinarios de regularización, o de contar con mecanismos personalizados por vía de arraigo revela, de hecho, que la normativa de extranjería y su aplicación administrativa son rígidas e inadecuadas para ordenar flujos migratorios intensos y necesarios, desde el punto de vista económico. La crítica del “efecto llamada”, utilizado en el discurso político de la oposición, es simplemente falsa. El “efecto llamada” surge de un sistema económico y social que ofrece oportunidades a los inmigrantes porque ofrece oportunidades a la sociedad que depende de la inmigración –aunque diga temerla y no quererla.
En resumen, es deseable que desaparezcan los mecanismos de regularización extraordinaria de personas que han inmigrado al margen de las previsiones legales y de los procedimientos administrativos vigentes. Pero la condición indispensable es la adopción de una legislación y una política que flexibilicen y ordenen los flujos migratorios regulares. Entre tanto, los procedimientos personalizados de regularización por arraigo dignifican la vida de personas que soportan condiciones de extrema dureza, y benefician al sistema económico privado y público.