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Valoración del Grado y Nivel de Dependencia

7 Mayo 2007
Publicado por nuriasca en: Ley de Dependencia
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Descripción

Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.

¿Quién lo puede solicitar?

Todo el que cumpla los siguientes requisitos:

1. Estar en situación de dependencia, en alguno de los grados establecidos en el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril (BOE Nº 96, de 21 de abril de 2007)

2. Residir en territorio español, y haberlo hecho durante cinco años, dos de los cuales serán inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Para los menores de 5 años, esta exigencia se aplicará a quien ejerza su guarda y custodia.
Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. En caso de menores que carezcan de nacionalidad española, se tendrán en cuenta las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.
Plazo de la solicitud: Todo el año

¿Dónde?

1. Por correo ordinario
2. Presencialmente. En el Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento donde esté empadronado el solicitante.

Documentación que necesitas

1. Solicitud en modelo normalizado.

2. Certificado de empadronamiento expedido por el o los ayuntamientos, en el que se haga constar que el solicitante ha residido en España al menos cinco años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

3. Fotocopia compulsada del DNI, Libro de Familia (para menores) o Tarjeta de Residencia (NIE, para extranjeros). En su caso, fotocopia del DNI del representante legal o guardador de hecho.

4. Infome de salud (a facilitar en el Centro de Salud de referencia).

Normativa

1. Resolución de 17 de abril de 2007, de la Consejería de Vivienda y Bienestar Social, por la que se aprueban, con carácter provisional, los modelos de documentación para los expedientes de reconocimiento de la situación de dependencia.BOPA 21/4/2007.

2. Ley Orgánica /2000, de 11 de Enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social. BOE: 4.

3. Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo. BOE:30.

4. Ley 39/2006, de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. BOE: 39.

5. Real Decreto 504/2007 de 20 de Abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de Dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de Diciembre, de Promoción de la Autonomía Perosonal y Atención a las personas en situación de Dependencia. BOE: 504.

Organismo que Tramita: Área de Servicios Sociales Comunitarios

Organismo que Resuelve: Consejería de Vivienda y Bienestar Social

Notificaciones: Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos: Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

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